Solicitud de visado para EE.UU.
Es posible obtener el visado electrónico 7/24 en cualquier lugar con conexión a Internet. Los solicitantes pueden obtener su visado después de rellenar la información necesaria relativa a su identidad, pasaporte y fechas de viaje y pagar la tasa de visado en línea.
– Las tasas de los visados electrónicos obtenidos a través del sitio web de e-Visa (www.evisa.gov.tr) son más bajas que las tasas de los visados obtenidos a la llegada a los aeropuertos turcos. La información relativa a las tasas de visado se puede encontrar en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores.
El régimen de visados para los conductores de camiones de un país puede diferir del régimen general de visados vigente para los ciudadanos de ese país en particular. Para más información, póngase en contacto con la misión turca más cercana.
Argelia: Los titulares de pasaportes oficiales están exentos de visado para sus viajes de hasta 90 días. Los ciudadanos argelinos titulares de un pasaporte ordinario, menores de 15 años y mayores de 65 años están exentos de visado hasta 90 días dentro de un período de 180 días para sus visitas turísticas. Los titulares de pasaportes ordinarios de entre 15 y 65 años están obligados a tener visado. Los ciudadanos argelinos titulares de un pasaporte ordinario de entre 15 y 18 años y de entre 35 y 65 años con un visado o permiso de residencia válido para los miembros de Schengen o para Estados Unidos, Reino Unido o Irlanda pueden obtener sus visados electrónicos de entrada única de un mes de duración a través del sitio web www.evisa.gov.tr. www.evisa.gov.tr.
Estado del visado en Alemania
La política de visados de Estados Unidos consiste en los requisitos que deben cumplir los ciudadanos extranjeros para viajar, entrar y permanecer en Estados Unidos. Los visitantes de Estados Unidos deben obtener un visado en una de las misiones diplomáticas de Estados Unidos, a menos que procedan de uno de los países exentos de visado o del Programa de Exención de Visado. Las mismas normas se aplican a los viajes a todos los estados de EE.UU., Washington, D.C., Puerto Rico y las Islas Vírgenes de EE.UU., así como a Guam y las Islas Marianas del Norte con exenciones adicionales, mientras que a Samoa Americana se le aplican normas similares pero distintas.
El gobierno de Estados Unidos exige que todas las personas que entren o salgan de Estados Unidos por aire, o que entren en Estados Unidos por mar desde fuera del continente americano, estén en posesión de uno de los siguientes documentos:[1]
Los nacionales de México pueden utilizar una Tarjeta de Cruce Fronterizo, que sirve como visado cuando se presenta con un pasaporte. Sin pasaporte, la tarjeta por sí sola también permite la entrada por tierra o por mar permaneciendo a menos de 25 millas de la frontera entre México y Estados Unidos (hasta 75 millas en Arizona y 55 millas en Nuevo México) para una estancia de hasta 30 días[5][6].
Su pasaporte todavía está en la embajada/consulado de EE.UU.
En una conversación informal, el término “visado” se utiliza a menudo indistintamente para referirse tanto al visado de una persona como a su estatus. Por ejemplo, escuchará a alguien decir: “Está aquí con un visado”. O: “Está solicitando un visado de trabajo”. Aunque esto da al oyente una idea general dentro del contexto de la conversación, es inadecuado para entender lo que realmente significa (y no significa) visado. Tampoco ayuda a los extranjeros presentes en EE.UU. en una categoría de no inmigrante a entender sus derechos y responsabilidades en relación con su estatus migratorio.
Un visado es un sello o pegatina que se coloca en el pasaporte y que se utiliza únicamente para solicitar la entrada en EE.UU. Cuando alguien desea venir a EE.UU. temporalmente (ya sea por un número de semanas como en el caso de un turista o por un número de años como en el caso de un trabajador H-1B), debe obtener un visado, o “visado de entrada”.
Los visitantes deben solicitar un visado en una embajada o consulado fuera de EE.UU. La solicitud incluye documentos específicos que demuestran que se está cualificado para solicitar un tipo de visado concreto (como un I-20, en el caso del F-1). Sin embargo, el único acto al que da derecho el visado es viajar a un puerto de entrada de EE.UU. y solicitar ser admitido en EE.UU. El inspector del puerto de entrada, tras examinar los documentos del visitante, decidirá si puede o no entrar en EE.UU. Si el inspector admite al individuo en EE.UU., esta admisión confiere el estatus al titular del visado. Al mismo tiempo, el visado pasa a ser insignificante.
Comprobación del estado del visado de EE.UU. en Alemania
Un visado, o sello de visado, es un sello físico o una pegatina en su pasaporte que es emitido por una embajada o consulado de los EE.UU. fuera de los EE.UU. Indica que usted es elegible para solicitar la entrada a los EE.UU. en una categoría de inmigración específica, como estudiante F-1 o J-1. Tenga en cuenta que los ciudadanos canadienses no están obligados a tener un visado de EE.UU., pero sí el resto de la documentación.
Es su responsabilidad entender cómo mantener su estatus migratorio. Su formulario F-1 I-20 o el formulario J-2 DS-2019 deben ser siempre correctos y no estar caducados. Hay más detalles sobre el estatus F-1 o J-1 en la página web de la OISS.
Los titulares de visados F-1 y J-1 verán la anotación ‘D/S’ en su sello de entrada y en su I-94. D/S significa “duration of status” (duración del estatus) y se refiere a la fecha de expiración del documento de inmigración. Cuando su estatus es D/S puede permanecer en los Estados Unidos mientras su documento de inmigración (formulario I-20 o DS-2019) sea correcto y no esté caducado.
Un visado en su pasaporte emitido por un consulado estadounidense no determina el tiempo que puede permanecer en los Estados Unidos; es sólo un documento de entrada. Por lo tanto, usted puede permanecer en los EE.UU. más allá de la fecha de vencimiento de un visado, siempre y cuando mantenga su estatus F-1 o J-1 y el documento de inmigración (I-20 o DS-2019) siga siendo válido.