Patrocinio de un familiar cercano que sea ciudadano estadounidense o residente legal permanente
Las personas casadas con ciudadanos estadounidenses se consideran “parientes inmediatos” en el proceso de inmigración y pueden solicitar inmediatamente el estatus de LPR. El cónyuge estadounidense puede presentar una petición de inmigrante (formulario I-130) para el cónyuge extranjero inmediatamente después del matrimonio. El cónyuge extranjero puede presentar una solicitud de ajuste de estatus a LPR (Formulario I-485) y las correspondientes solicitudes de permiso de trabajo provisional (Formulario I-765), y el permiso de viaje provisional (Formulario I-131) inmediatamente después del matrimonio. Alternativamente, el cónyuge extranjero en el extranjero puede solicitar un visado de inmigrante para viajar a los EE.UU. tan pronto como se apruebe el I-130. Ver también P4 y P5 sobre el visado K.
Las personas casadas con LPRs son “patrocinadas por la familia, segunda preferencia” en el proceso de inmigración. El cónyuge del LPR puede presentar una petición de inmigrante (Formulario I-130) para el cónyuge extranjero inmediatamente después del matrimonio, pero el cónyuge extranjero debe esperar a que haya un “número” de visado o espacio disponible antes de ser elegible para el ajuste en los EE.UU. o un visado de inmigrante en el extranjero. Esta espera puede durar muchos años, y el matrimonio no da ningún derecho provisional o temporal a estar presente o a trabajar en los EE.UU. El cónyuge extranjero debe esperar fuera de los EE.UU. o tener su propio estatus temporal independiente en los EE.UU. Para obtener más información sobre el tiempo de espera para el matrimonio basado en el LPR, consulte el sitio web del Departamento de Estado (DOS) en http://travel.state.gov/visa_bulletin.html. Desplácese hacia abajo hasta la tabla de “Fechas de prioridad para el matrimonio basado en la familia…” y mire la línea de la Preferencia 2A.
¿Qué ocurre cuando te casas con un ciudadano estadounidense?
Una vez que se casen, su cónyuge puede solicitar la residencia permanente y permanecer en Estados Unidos mientras tramitamos la solicitud. Si elige este método, presente el formulario I-129F, Petition for Alien Fiancé(e). Las instrucciones de presentación y los formularios están disponibles en nuestro sitio web en www. uscis.
¿Cuánto tiempo tiene que estar casado un extranjero con un ciudadano estadounidense?
¿Quién puede obtener la nacionalidad? Todos los titulares de la tarjeta verde, siempre que cumplan las condiciones clave, pueden solicitar la ciudadanía estadounidense al cabo de cinco años (lo que se conoce como la “regla de los cinco años”), pero los que tienen un cónyuge estadounidense y una tarjeta verde por matrimonio sólo pueden solicitarla al cabo de tres años (lo que se conoce como la “regla de los tres años”).
Casarse con un americano
Se tiene en cuenta su situación si no puede participar en la vida económica, adquirir una educación o adquirir los conocimientos lingüísticos necesarios debido a una discapacidad o enfermedad o por otras circunstancias personales importantes, o si sólo puede hacerlo con dificultad.
Debe ser capaz de comunicarse en situaciones cotidianas en una lengua nacional suiza tanto de forma oral como escrita. En el momento de presentar su solicitud, debe demostrar que tiene conocimientos de lengua escrita de al menos un nivel A2 y de lengua hablada de al menos un nivel B1.
Se tendrá en cuenta su situación si no puede participar en la vida económica, adquirir una educación o conseguir los conocimientos lingüísticos requeridos debido a una discapacidad o enfermedad o por otras circunstancias personales importantes, o si sólo puede hacerlo con dificultad.
Visado de matrimonio EE.UU.
No hay nada en la normativa que diga que las personas que están en EE.UU. como visitantes no pueden casarse. De hecho, incluso se permite venir a EE.UU. como visitante con la única intención de casarse.
El momento en que las personas tienen problemas es cuando entran en EE.UU. con un visado de turista con la clara intención de casarse y quedarse permanentemente en el país. Venir a los Estados Unidos con un visado de visitante con la única intención de casarse en los Estados Unidos y luego solicitar el ajuste de estatus se considera un fraude de visado, y los funcionarios de inmigración de los Estados Unidos no se toman bien a cualquiera que perciban que ha cometido un fraude de visado.
Sin embargo, todavía es posible ajustar el estatus de un visado de turista o de una exención de visado después de casarse en los Estados Unidos. Las personas que pueden presentar las solicitudes de ajuste de estatus generalmente pueden demostrar que llegaron a EE.UU. con intenciones honestas de visitante y que la decisión de quedarse permanentemente y/o casarse se tomó mucho después de la entrada. Demostrar que entró en los EE.UU. sin intención preconcebida de casarse y solicitar el ajuste de estatus puede ser difícil para algunos, pero definitivamente no es imposible.
Matrimonio EE.UU.
El matrimonio con un ciudadano estadounidense por sí solo no le otorga ningún beneficio de inmigración. Es probable que le haga acreedor a los beneficios de inmigración, pero debe presentar la documentación necesaria ante el Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU. para asegurarse el derecho a permanecer en Estados Unidos.
Tienes la opción de convertirte en residente permanente de Estados Unidos (obtener la “tarjeta verde”). El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) tiene una excelente información en su sitio web. Le sugerimos que lea las siguientes páginas:
Lea esta información y luego anote sus preguntas. También debe revisar todas las instrucciones de los formularios que debe presentar. Las instrucciones incluyen información importante que no se encuentra en ningún otro sitio sobre cómo rellenar cada formulario, así como los numerosos documentos de apoyo que deberá presentar con algunos de los formularios. Asegúrese de anotar cualquier pregunta que tenga sobre los formularios o los documentos que debe presentar con ellos.
El ISS puede proporcionarle información y asesoramiento en relación con su estatus F-1 o J-1, pero no podemos ayudarle a presentar ningún trámite relacionado con su solicitud de residencia permanente. Si usted se casa con un ciudadano estadounidense, debe buscar el consejo de un abogado de inmigración.